Cuota plena familiar pago único

Cuota plena familiar pago único

110,00 

Si es persona asociada en la modalidad de cuota Plena Familiar y debe realizar el pago único de la cuota, le informamos que en esta modalidad el importe es de 110€ con el descuento aplicado, que corresponde a un periodo de dos años.

Le recordamos además que podrá asociar una segunda persona y hasta un máximo de cuatro, si forman parte de la unidad familiar, empadronados en el mismo domicilio, mayores de edad, entendiéndose que la cuota se abona por el conjunto de la unidad familiar que expresamente hayan solicitado darse de alta en esta modalidad y con acceso a los servicios gratuitos que a continuación se relacionan.

Pasado este tiempo, y sin que exista comunicación escrita en contra antes que finalice el periodo, se renovará automáticamente en periodos de dos años comprometiéndose a abonar la cuota correspondiente, en este caso de 110 € por el total del periodo renovado.

Cualquier variación en el importe de esta modalidad de cuota será aprobada  conforme al artº 10 de los Estatutos Sociales y publicitada en la web de la entidad.

En este caso, este es el pago correspondiente a pago único modalidad Plena Familiar de 110 €.

Dentro de nuestro ámbito de actuación, todas las personas asociadas de esta forma podrán:

Realizar cuantas consultas necesiten de forma personalizada, tanto a través del equipo técnico de la entidad como por el equipo jurídico de profesionales del derecho colegiados expertos en derecho del consumo. Todo ello a través del Servicio de Citas Previas con la Asesoría Jurídica de la entidad. Ya sea mediante cita presencial o con cita telefónica para su comodidad.

Tramitar sus reclamaciones extrajudiciales de forma personalizada a través del equipo jurídico formado por profesionales expertos en consumo; a la redacción y solicitud de arbitrajes, así como a la intervención en mediaciones con las empresas reclamadas. En los casos resueltos positivamente por la mediación con las empresas reclamadas de los profesionales de la entidad y cuya cuantía o valoración en recuperación en derechos, sea igual o superior a 500€  se aplicará una cuota social extraordinaria del 10% del importe o valoración de los derechos recuperados cuyo importe mínimo será 50€.  Las personas asociadas con dos años de antigüedad se les aplicará una cuota extraordinaria del 5% y las personas asociadas con más de 10 años la cuota extraordinaria será del 0% en esta fase extrajudicial.

Tramitación de sus Hojas de Quejas y Reclamaciones de la Junta de Andalucía a los organismos de consumo competentes por el equipo técnico de la entidad.

Realizar consultas a través de correo electrónico exclusivo para personas socias ucs@uniondeconsumidoresdesevilla.com atendido por profesional del derecho experto en consumo. Las consultas así realizadas no incluyen la revisión de contratos, gestiones con las empresas reclamadas o mediaciones.

Recibir gratuitamente nuestras campañas informativas, si lo desean, a través de email o WhatsApp.

Concertar nuestros cursos online con tutorización personalizada y participar en la asociación en la forma prevista.

Al mismo tiempo, para asuntos que requieran acudir a tribunales de justicia acompañado de Letrado, la entidad dispone de descuentos para sus asociados en función de la antigüedad en la asociación y modalidad de socio. En cualquier caso, si el asunto tuviera que derivar en actuaciones judiciales, se aplicarán ya los honorarios presupuestados por la Asesoría Jurídica Letrada.

Solo se admitirá abonos de cuotas de personas físicas o jurídicas (sin ánimo de lucro) como consumidoras y usuarias finales conforme con la legislación vigente en materia de consumo y los estatutos sociales de la entidad. En ningún caso se admitirán pagos de cuotas provenientes de empresas, en cualquiera de sus formas.

- +
Categoría:
Scroll al inicio