Cuota Plena familiar
Cuota Plena familiar
80,00 €
Si desea ser persona asociada de cuota ordinaria Plena familiar, le informamos que las personas asociadas en esta modalidad podrán asociarse por un periodo de dos años por el que abonarán una cuota de 150 € en total.
Esta se abonará de forma aplazada comprometiéndose a abonar el primer año de alta 80€ y el resto, el segundo año.
Pasado este tiempo, y sin que exista comunicación escrita en contra antes que finalice el periodo, se renovará automáticamente en periodos de un año, con una cuota de 80 € cada año.
Cualquier variación en el importe de esta modalidad de cuota será aprobada conforme al artº 10 de los Estatutos Sociales y publicitada en la web de la entidad.
Por esta cuota en esta modalidad familiar se podrá asociar una segunda persona y hasta un máximo de cuatro, mayores de edad si forman parte de la unidad familiar y estén empadronados en el mismo domicilio, entendiéndose que la cuota se abona por el conjunto de la unidad familiar que expresamente hayan solicitado darse de alta en esta modalidad y con acceso a los servicios gratuitos que a continuación se relacionan.
En este caso, este pago que corresponde al primer año de alta en la cuota plena familiar de 80 €.
Dentro de nuestro ámbito de actuación, todas las personas asociadas de esta forma podrán:
Realizar cuantas consultas necesiten de forma personalizada, tanto a través del equipo técnico de la entidad como por el equipo jurídico de profesionales expertos en derecho de las personas consumidoras. Todo ello a través del Servicio de Citas Previas con la Asesoría Jurídica de la entidad. Ya sea mediante cita presencial o con cita telefónica para su comodidad.
Tramitar sus reclamaciones extrajudiciales de forma personalizada a través del equipo jurídico formado por profesionales expertos en consumo; a la redacción y solicitud de arbitrajes, así como a la intervención en mediaciones con las empresas reclamadas. En los casos resueltos positivamente por la mediación con las empresas reclamadas de los profesionales de la entidad y cuya cuantía o valoración en recuperación en derechos, sea igual o superior a 500€ se aplicará una cuota social extraordinaria del 10% del importe o valoración de los derechos recuperados cuyo importe mínimo será 50€. Las personas asociadas con dos años de antigüedad se les aplicará una cuota extraordinaria del 5% y las personas asociadas con más de 10 años la cuota extraordinaria será del 0% en esta fase extrajudicial.
Tramitación de sus Hojas de Quejas y Reclamaciones de la Junta de Andalucía a los organismos de consumo competentes por el equipo técnico de la entidad.
Realizar consultas a través de correo electrónico exclusivo para personas socias ucs@uniondeconsumidoresdesevilla.com atendido por profesional del derecho experto en consumo. Las consultas así realizadas no incluyen el revisión de contratos, gestiones con las empresas reclamadas o mediaciones.
Recibir gratuitamente nuestras campañas informativas, si lo desean, a través de email o WhatsApp.
Concertar nuestros cursos online con tutorización personalizada y participar en la asociación en la forma prevista.
Al mismo tiempo, para asuntos que requieran acudir a tribunales de justicia acompañado de Letrado, la entidad dispone de descuentos para sus asociados en función de la antigüedad en la asociación y modalidad de socio. En cualquier caso, si el asunto tuviera que derivar en actuaciones judiciales, se aplicarán ya los honorarios presupuestados por la Asesoría Jurídica Letrada.
Solo se admitirá abonos de cuotas de personas físicas o jurídicas (sin ánimo de lucro) como consumidoras y usuarias finales conforme con la legislación vigente en materia de consumo y los estatutos sociales de la entidad. En ningún caso se admitirán pagos de cuotas provenientes de empresas, en cualquiera de sus formas.


